De acuerdo con lo establecido en el artículo 13, apartado 6, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, sobre Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y su posterior modificación por la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, relativa al control de la deuda comercial en el sector público; se establece la obligatoriedad para las Administraciones Públicas de publicar su período medio de pago a proveedores.
Siguiendo la enmienda mencionada, este Ayuntamiento comienza la publicación de su período medio de pago verificado, respetando el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la última ley citada, asegurando así transparencia y cumplimiento con la normativa vigente.